Legislación › Real Decreto 1880/1996, de 2 de agosto, por el que se regulan las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas.
Artículo 7. Beneficios.
Artículo 7. Beneficios.
Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas podrán obtener subvenciones estatales para el cumplimiento de sus fines, dentro de las disponibilidades presupuestarias.


