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Legislación › Real Decreto 2066/1996, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Técnico y de Prestación del Servicio de Telecomunicaciones por Cable.

Artículo 56. Competencias sancionadoras de las Comunidades Autónomas.

Artículo 56. Competencias sancionadoras de las Comunidades Autónomas.

En los supuestos en los que la competencia de desarrollo y ejecución sobre contenidos de programación del servicio de difusión de televisión por cable, de vídeo bajo demanda y de vídeo a la carta corresponda a las Comunidades Autónomas, éstas aplicarán el régimen sancionador conforme a su normativa propia.

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