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Real Decreto 2066/1996, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Técnico y de Prestación del Servicio de Telecomunicaciones por Cable.

En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 26 de septiembre de 1996 · Último cambio el 26 de septiembre de 1996 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo 1.
  3. Artículo 2.
  4. Disposición derogatoria única.
  5. Disposición final primera.
  6. Disposición final segunda.
  7. Disposición final tercera.
  8. [firma]
  9. ANEXO
  10. TÍTULO I
  11. CAPÍTULO I
  12. Artículo 1. Objeto.
  13. Artículo 2. Título habilitante.
  14. Artículo 3. Régimen jurídico de la concesión.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 4. Demarcaciones territoriales.
  17. Artículo 5. Procedimiento de establecimiento de las demarcaciones territoriales.
  18. Artículo 6. Actuaciones posteriores del Ministerio de Fomento sobre la demarcación.
  19. Artículo 7. Pliegos de bases administrativas y condiciones técnicas.
  20. Artículo 8. Plazo de convocatoria de los concursos.
  21. Artículo 9. Alteración de las demarcaciones preexistentes.
  22. Artículo 10. Nuevas demarcaciones a partir del 1 de enero de 1998.
  23. CAPÍTULO III
  24. Artículo 11. Procedimiento concesional.
  25. Artículo 12. Del concesionario.
  26. Artículo 13. Valoración.
  27. Artículo 14. Resolución del concurso.
  28. Artículo 15. Formalización del contrato.
  29. Artículo 16. Notificación y publicidad de las adjudicaciones.
  30. Artículo 17. Plazo de la concesión.
  31. Artículo 18. De la modificación de la concesión.
  32. Artículo 19. De la cesión de la concesión.
  33. Artículo 20. De la extinción de la concesión.
  34. Artículo 21. Tasas y cánones.
  35. Artículo 22. Garantías.
  36. CAPÍTULO IV
  37. Artículo 23. Plazo de instalación y puesta en servicio.
  38. Artículo 24. Bienes afectos al servicio.
  39. TÍTULO II
  40. CAPÍTULO I
  41. Artículo 25. Derechos del concesionario.
  42. Artículo 26. De las obligaciones del concesionario.
  43. Artículo 27. Riesgo, ventura y equilibrio económico financiero de la concesión.
  44. Artículo 28. De los servicios objeto de la concesión.
  45. Artículo 29. Régimen de tarifas.
  46. Artículo 30. Régimen competencial.
  47. CAPÍTULO II
  48. Artículo 31. Neutralidad, transparencia y no discriminación en la prestación del servicio.
  49. Artículo 32. Situaciones de dominio.
  50. Artículo 33. Funciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
  51. Artículo 34. Medidas reguladoras.
  52. Artículo 35. Defensa de la competencia.
  53. Artículo 36. Del suministro de infraestructuras para la prestación del servicio de telecomunicaciones por cable.
  54. Artículo 37. De las interconexiones de redes.
  55. Artículo 38. De los programadores independientes.
  56. Artículo 39. De otros prestadores de servicios a través de la red de cable.
  57. CAPÍTULO III
  58. Artículo 40. Normativa aplicable.
  59. Artículo 41. Protección específica y control de contenidos.
  60. TÍTULO III
  61. Artículo 42. Definiciones.
  62. Artículo 43. Puntos de referencia de la red de cable. Red de acceso.
  63. Artículo 44. Prestaciones mínimas de la red de cable.
  64. Artículo 45. Características tecnológicas y topológicas mínimas de las redes de cable.
  65. Artículo 46. Requisitos técnicos de la red de cable.
  66. Artículo 47. Normas técnicas de los servicios de televisión por cable.
  67. Artículo 48. Normativa aplicable a los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas de las redes de telecomunicaciones por cable.
  68. Artículo 49. Redes e instalaciones en los edificios.
  69. Artículo 50. Prestación del servicio mediante sistemas distintos del cable.
  70. Artículo 51. Punto de interconexión de redes.
  71. Artículo 52. Características técnicas del acceso a las infraestructuras de «Telefónica de España, Sociedad Anónima», por los operadores de cable e integración de los servicios de telecomunicación por cable con el servicio telefónico básico de «Telefónica de España, Sociedad Anónima».
  72. TÍTULO IV
  73. Artículo 53. Inspección de la Administración General del Estado.
  74. Artículo 54. Competencias inspectoras de las Comunidades Autónomas.
  75. Artículo 55. Régimen sancionador.
  76. Artículo 56. Competencias sancionadoras de las Comunidades Autónomas.
  77. Disposición adicional primera. Prestación del servicio por «Telefónica de España, Sociedad Anónima».
  78. Disposición adicional segunda. Compatibilidad electromagnética.
  79. Disposición adicional tercera. Aplicación del Real Decreto 1773/1994, de 5 de agosto.
  80. Disposición transitoria primera. De las concesiones provisionales.
  81. Disposición transitoria segunda. Derechos y obligaciones de las entidades y empresas referidas en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 6/1996.
  82. Disposición transitoria tercera. Consideración transitoria de operador dominante.
  83. Disposición transitoria cuarta. Establecimiento de obligaciones de servicio público.
  84. Disposición transitoria quinta. Vigencia transitoria de la normativa actual.
  85. ANEXO I
  86. ANEXO II-a
  87. ANEXO II-b
  88. ANEXO III