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Legislación › Ley 3/1996, de 16 de mayo, de puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 14.

Artículo 14.

El plazo de la concesión comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del otorgamiento de la misma.

Se modifica por el art. 1.4 del Decreto-ley 1/2021, de 6 de mayo. BORM-s-2021-90174

Se modifica por el art. 1 de la Ley 6/2005, de 1 de julio. BOE-A-2006-9743

 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de mayo de 2021 En vigor BOE-A-2021-90174 Leer Qué cambió
18 de agosto de 2005 BOE-A-2006-9743 Leer Qué cambió
14 de junio de 1996 Texto original Leer

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