Legislación › Ley 3/1996, de 16 de mayo, de puertos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Artículo 37.
Artículo 37.
Son infracciones muy graves las acciones u omisiones tipificadas en los dos artículos anteriores, cuando ocasionen lesión a alguna persona que motive baja por incapacidad laboral superior a siete días, o daños o perjuicios superiores a 6000 €, la reincidencia por comisión, en el término de tres años, de la misma infracción de carácter grave, cuando así haya sido declarado por resolución firme y, en todo caso, las siguientes:
a) Las que supongan o impliquen un riesgo muy grave para la salud o seguridad de vidas humanas.
b) La emisión de vertidos o sustancias contaminantes líquidas, sólidas o gaseosas, y cualquier otra incidencia o actuación negativa para un entorno terrestre, marítimo o fluvial incluido en la zona de servicio portuaria que implique un riesgo muy grave para la salud de las personas o para el medio ambiente.
c) La realización, sin el debido título administrativo conforme a esta ley, de cualquier tipo de obras o instalaciones, así como el aumento de la superficie ocupada o del volumen o de la altura construidos sobre los autorizados, siempre que se hubiera desatendido el requerimiento expreso de la Administración para la cesión de la conducta abusiva o que, habiéndose notificado la incoación de expediente sancionador, se hubiere persistido en tal conducta.
d) La invasión del dominio público no otorgado.
e) La ocupación sin título alguno del dominio público portuario siempre que se hubiera desatendido el requerimiento expreso de la Administración para el cese de la conducta abusiva.
Se modifica por el art. 1.13 de la Ley 2/2020, de 27 de julio. BOE-A-2020-9792
Se modifica por el art. 1.13 del Decreto-ley 3/2020, de 23 de abril. BORM-s-2020-90126
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de agosto de 2020 En vigor | BOE-A-2020-9792 | Leer | Qué cambió |
| 29 de abril de 2020 | BOE-A-2020-90126 | Leer | Qué cambió |
| 14 de junio de 1996 | Texto original | Leer |


