Legislación › Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.
Artículo 6. Modificaciones.
Artículo 6. Modificaciones.
Cualquier modificación de la escritura de constitución o de los Estatutos habrá de ser comunicada al departamento competente en materia tributaria adjuntando una copia autorizada de la misma.
Se modifica por el art. 7.4 de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-450
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-450 | Leer | Qué cambió |
| 18 de julio de 1996 | Texto original | Leer |


