Legislación › Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.
Artículo 6. Modificaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de julio de 1996 y la del 1 de enero de 2020.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 6. Modificaciones.
Cualquier modificación de la escritura de constitución o de los Estatutos habrá de ser comunicada al Departamento de Economía y Hacienda departamento competente en materia tributaria adjuntando una copia autorizada de la misma.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-450 | Leer | Qué cambió |
| 18 de julio de 1996 | Texto original | Leer |


