Legislación › Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio.
Disposición adicional undécima. Incompatibilidad de los beneficios fiscales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2015 y la del 31 de diciembre de 2022.
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Disposición adicional undécima. Incompatibilidad de los beneficios fiscales de esta ley foral. fiscales.
Los beneficios fiscales regulados establecidos en esta ley foral, tanto en su articulado como en sus disposiciones adicionales, foral serán incompatibles, incompatibles entre sí para los mismos importes, importes y conceptos. También serán incompatibles con los establecidos en la Ley Foral reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2023-3349 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2015 | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 27 de mayo de 2014 | BOE-A-2014-5949 | Leer |
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