Legislación › Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
Disposición adicional tercera. Autorización para la actualización de la cuantía del seguro de responsabilidad civil, aval u otra garantía financiera equivalente, del artículo 43.1.
Disposición adicional tercera. Autorización para la actualización de la cuantía del seguro de responsabilidad civil, aval u otra garantía financiera equivalente, del artículo 43.1.
Se autoriza al Ministro de Industria, Energía y Turismo para actualizar mediante orden la cuantía mínima por siniestro del seguro, aval, u otra garantía financiera equivalente, que cubra la responsabilidad civil, a que hace referencia el artículo 43.1 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, siempre que sea necesario para mantener la equivalencia económica de la garantía y previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
Se añade por el art. 1.1 del Real Decreto 1072/2015, de 27 de noviembre. BOE-A-2015-13530.
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1715/2010 de 17 de diciembre. BOE-A-2011-398.
Se prorroga durante doce meses, a partir del día 7 de febrero de 1997, el plazo establecido, por el art. 1 del Real Decreto 411/1997. BOE-A-1997-9026.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-13530 | Leer | Qué cambió |
| 9 de enero de 2011 | BOE-A-2011-398 | Leer | Qué cambió |
| 27 de abril de 1997 | BOE-A-1997-9026 | Leer | Qué cambió |
| 7 de febrero de 1996 | Texto original | Leer |
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