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Legislación › Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Disposición adicional tercera. Autorización para la actualización de la cuantía del seguro de responsabilidad civil, aval u otra garantía financiera equivalente, del artículo 43.1.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de enero de 2011 y la del 15 de diciembre de 2015. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (95 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera. Autorización para la actualización de la cuantía del seguro de responsabilidad civil, aval u otra garantía financiera equivalente, del artículo 43.1.
(Derogada) Se autoriza al Ministro de Industria, Energía y Turismo para actualizar mediante orden la cuantía mínima por siniestro del seguro, aval, u otra garantía financiera equivalente, que cubra la responsabilidad civil, a que hace referencia el artículo 43.1 del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, siempre que sea necesario para mantener la equivalencia económica de la garantía y previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de diciembre de 2015 En vigor BOE-A-2015-13530 Leer Qué cambió
9 de enero de 2011 BOE-A-2011-398 Leer Qué cambió
27 de abril de 1997 BOE-A-1997-9026 Leer Qué cambió
7 de febrero de 1996 Texto original Leer

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