Legislación › Real Decreto 9/1996, de 15 de enero, por el que se regula la selección de los efectos y accesorios, su financiación con fondos de la Seguridad Social o fondos estatales afectos a la sanidad y su régimen de suministro y dispensación a pacientes no hospitalizados.
ANEXO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de febrero de 1996 y la del 7 de marzo de 2002.
Tachado: lo que se quitó (134 palabras). Subrayado: lo que se añadió (332 palabras).
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ANEXO III
El cupón-precinto de los efectos y accesorios consta incluidos en la financiación del Sistema Nacional de Salud constará de dos zonas teóricas, ajustadas al siguiente esquema:
En la parte superior o zona teórica A y B, separadas por una raya negra horizontal. se imprimirán, en caracteres normales los siguientes datos:
Las dimensiones mínimas, forma y contenido A.S.S.S.
Tipo de producto.
Nombre comercial-presentación (dimensiones, tallajes, número de unidades).
Ofertante.
Código nacional del cupón-precinto, producto.
En la parte inferior o zona teórica B se ajustarán colocará el código de barras EAN-13/SF, con las debidas garantías de estandarización:
Seis dígitos que identifican el sector farmacéutico (que serán siempre 847000).
Seis dígitos correspondientes al siguiente esquema: código nacional del artículo.
Un dígito de control del código EAN-13.
Entre ambas zonas teóricas no existe línea ni señal impresa alguna que las delimite.
Las dimensiones fijadas se consideran mínimas, siendo, considerarán mínimas en todo caso, lo referente a la zona A doble altura de la zona B, A, no pudiendo superar el tamaño total del cupón-precinto el adecuado para garantizar la grabación y procesamiento informático de los datos contenidos en el mismo.
Artículo: nombre genérico o grupo terapéutico. Cada envase estará dotado de
Presentación: dimensiones, tallajes, númerounidades ... un único cupón-precinto, que identificará de forma inequívoca a cada presentación. Este precinto será autoadhesivo, extraíble, de.001modo que pueda ser utilizado como comprobante.001de la dispensación, y estará ubicado en una zona del envase lo más visible posible y colocado de forma que no se impida la lectura óptica.
PVP IVA 7-Q Ptas.: donde 7 es Además, el valor cupón será de características tales que, al separarlo, no se produzca deterioro del IVA aplicable a los efectos envase y accesorios, variable según las disposiciones legales vigentes en cada momento, y Q es el importe expresado espacio en cifras sin céntimos. el que estaba ubicado quede la siguiente frase en Arial, 13, negrita, de color rojo, Pantone 032, y con inclinación de 30, el
M400000: Código Nacional autorizado.
P000000: PVP, IVA incluido, sin céntimos. El último dígito será siempre «0».
El Código Nacionalprecio siguiente texto: «Dispensado al SNS.
El cupón precinto estará dotado de las siguientes medidas de seguridad, que figuran eviten su falsificación, una vez que la empresa ofertante ponga el producto en el mercado:
La zona A llevará como medidas de seguridad:
Leyenda visible únicamente a la luz ultravioleta, que abarque esta zona B se imprimirán del precinto, de forma cruzada al texto, en caracteres OCR A-1 (tanto las letras como las cifras), sin guiones, puntos o comas la que figure repetidas veces «SNS», con fuente Time Bold, de separación entre estos dígitos. 12 puntos, y 45 de inclinación.
Cada envase estará dotado Texto en microimpresión situado junto al borde lateral derecho de la zona A, en el que figure la leyenda «SNS» repetida con un único cupón-precinto, adecuadamente situado cuerpo de 240 micras.
Todo el precinto llevará un fondo de seguridad, en Pantone 2995, con mensaje encriptado con el material texto «SNS», que se leerá con una lente decodificadora. Fondo continuo de acondicionamiento mediante trepado o adhesivo diseño de línea fina que garantice en cualquier caso posibilite la adecuada sujeción del mismo. lectura automática de los códigos de barras.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de marzo de 2002 En vigor | BOE-A-2002-4458 | Leer | Qué cambió |
| 27 de febrero de 1996 | Texto original | Leer |


