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Legislación › Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia.

Artículo 5. Principio de colaboración.

Artículo 5. Principio de colaboración.

La Administración autonómica y las administraciones locales de la Comunidad podrán colaborar entre sí y con otras instituciones y personas para el fomento y mejora de la infraestructura museística regional, pudiendo suscribir al efecto los convenios que sean necesarios.

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