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Legislación › Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia.

Artículo 9. Sistema Básico de Museos de la Región de Murcia.

Artículo 9. Sistema Básico de Museos de la Región de Murcia.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establecerá y fomentará un Sistema Básico de Museos que integre los fondos de artes plásticas, arqueología, etnografía u otras materias de interés regional en la forma que se determine reglamentariamente.

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