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Legislación › Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.

Artículo 1. Objeto y personalidad jurídica.

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Artículo 1. Objeto y personalidad jurídica.
1. El presente Real Decreto desarrolla el régimen jurídico de los fondos de garantía de depósitos en establecimientos bancarios, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.
2. Los fondos de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito tendrán personalidad jurídica, con capacidad para el desarrollo de sus fines, en régimen de derecho privado y sin sujeción a las normas reguladoras de los organismos públicos.
Sin perjuicio de su personalidad jurídica independiente, los fondos podrán establecer de mutuo acuerdo servicios comunes para el desarrollo de sus actividades.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de octubre de 2011 En vigor BOE-A-2011-16173 Leer Qué cambió
5 de agosto de 2001 BOE-A-2001-15221 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 1996 Texto original Leer

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