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Legislación › Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.

ANEXO

ANEXO

Impreso de información a los depositantes

Información básica sobre la cobertura de los depósitos

Los depósitos mantenidos en [insertar nombre de la entidad de crédito] están garantizados por

[insertar nombre del correspondiente sistema de garantía de depósitos](1)

Límite de la cobertura

100.000 euros por depositante y entidad de crédito (2)

[sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el euro]

[cuando proceda:] Las siguientes denominaciones comerciales forman parte de su entidad de crédito [insertar todas las marcas comerciales que operan bajo la misma licencia]:

Si tiene usted más depósitos en la misma entidad de crédito:

Todos sus depósitos en la misma entidad de crédito se suman y el total está sujeto al límite de 100.000 euros [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el euro] (2).

Si tiene una cuenta en participación con otra(s) persona(s):

El límite de 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR] se aplica a cada depositante por separado (3).

Período de reembolso en caso de concurso de la entidad de crédito:

7 días hábiles [sustituir por otra fecha si procede] (4)

Moneda en que se realiza el reembolso:

Euros [sustituir por otra moneda cuando proceda]

Contacto:

[insertar los datos de contacto del SGD correspondiente (dirección, teléfono, correo electrónico, etc.)]

Para más información:

[insertar el sitio web del correspondiente SGD]

Acuse de recibo del depositante:

 

Información adicional (toda o parte de la información que aparece más abajo)

(1) Sistema responsable de la cobertura de su depósito.

[Solo cuando proceda]: Su depósito está garantizado por un sistema contractual reconocido oficialmente como Sistema de Garantía de Depósitos. En caso de insolvencia de su entidad de crédito, su depósito se le reembolsará hasta los 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR].

[Solo cuando proceda]: Su entidad de crédito forma parte de un Sistema Institucional de Protección reconocido oficialmente como Sistema de Garantía de Depósitos. Esto significa que todas las entidades que son miembros de este sistema se respaldan mutuamente con el fin de evitar la insolvencia. En caso de insolvencia de su entidad de crédito, su depósito se le reembolsará hasta los 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR].

[Solo cuando proceda]: Su depósito está garantizado por un Sistema de Garantía de Depósitos creado por disposición legal y por un Sistema de Garantía de Depósitos contractual. En caso de insolvencia de su entidad de crédito, su depósito se le reembolsará de todos modos hasta los 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR].

[Solo cuando proceda]: Su depósito está garantizado por un Sistema de Garantía de Depósitos creado por disposición legal. Además, su entidad de crédito forma parte de un Sistema Institucional de Protección en el que todos los afiliados se respaldan mutuamente con el fin de evitar la insolvencia. En caso de insolvencia, el Sistema de Garantía de Depósitos le reembolsará su depósito hasta los 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR].

(2) Límite general de la protección.

Si no pudiera disponerse de un depósito debido a que una entidad de crédito no esté en condiciones de cumplir sus obligaciones financieras, un Sistema de Garantía de Depósitos reembolsará a los depositantes. El reembolso asciende como máximo a 100 000 EUR [sustituir el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR] por entidad de crédito. Esto significa que se suman todos sus depósitos efectuados en la misma entidad de crédito para determinar el nivel de cobertura. Si, por ejemplo, un depositante posee una cuenta de ahorro con 90 000 EUR y una cuenta corriente con 20 000 EUR, solo se le reembolsarán 100 000 EUR.

[Solo cuando proceda]: Este método se utilizará también si una entidad de crédito opera con diferentes denominaciones comerciales. [Nombre de la entidad de crédito donde está abierta la cuenta] opera comercialmente también con las denominaciones [demás denominaciones comerciales de la entidad de crédito]. Ello significa que todos los depósitos en una o más de tales denominaciones comerciales están garantizados por un total de 100 000 EUR.

(3) Límite de la protección para las cuentas en participación.

En el caso de cuentas en participación, el límite de 100 000 EUR se aplicará a cada depositante.

[Solo cuando proceda]: Sin embargo, los depósitos en una cuenta sobre la que tengan derechos dos o más personas como socios o miembros de una sociedad, una asociación o cualquier agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, se agregan y tratan como si los hubiera efectuado un depositante único a efectos del cálculo del límite de 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR].

En algunos casos [insértense los casos determinados en la normativa nacional] los depósitos están garantizados por encima de los 100 000 EUR [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR]. Puede obtenerse más información en [insertar el sitio web del correspondiente SGD].

(4) Reembolso.

El sistema de garantía de depósitos responsable es [insértese el nombre, dirección, teléfono, dirección electrónica y sitio web]. Le reembolsará sus depósitos (hasta un máximo de 100 000 EUR) [sustituir por el importe adecuado en caso de que la moneda no sea el EUR] el [insértese el período de reembolso exigido por la normativa nacional] a más tardar, y a partir del [31 de diciembre de 2023] en un plazo de [7 días hábiles].

[Añádase información sobre reembolsos de emergencia o provisionales en caso de que no se haya podido disponer de ninguna cantidad en un plazo de 7 días hábiles.] Si en este plazo no se le ha reembolsado, debe ponerse en contacto con el sistema de garantía de depósitos, ya que el tiempo durante el cual puede reclamarse el reembolso puede estar limitado. Para más información, sírvase consultar [insértese sitio web del SGD responsable].

Otra información importante.

En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de garantía de depósitos. Las excepciones aplicables a ciertos depósitos pueden consultarse en el sitio web del sistema de garantía de depósitos responsable. Su entidad de crédito le informará también, si así lo solicita, de si determinados productos están cubiertos o no. Si los depósitos están cubiertos, la entidad de crédito se lo confirmará también en los extractos de cuenta.

Se añade por la disposición final 1.17 del Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre. BOE-A-2015-12056.

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