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Legislación › Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.

ANEXO 5

ANEXO 5

Diagnóstico serológico de la brucelosis ovina y caprina por «brucella melitensis»

La detección de la brucelosis (B. melitensis) se efectuará por medio de la prueba rosa bengala o por medio de la prueba de fijación del complemento que se describe a continuación o por cualquier otro método reconocido con arreglo al procedimiento comunitario previsto.

A) Prueba del antígeno brucelar tamponado

La prueba rosa bengala pueda ser utilizada como prueba de serodiagnóstico en las explotaciones de animales de las especies ovina o caprina con el fin de concederles el título de explotación oficialmente indemne o indemne de brucelosis.

En caso de utilizar para la detección de brucelosis («brucella melitensis») la prueba de rosa bengala y obtener más de un 5 por 100 de los animales de la explotación con reacción positiva, se efectuará un control complementario de cada animal de la explotación mediante una prueba de fijación del complemento.

1.º Método manual:

1. El suero patrón es el segundo suero patrón internacional «antibrucella abortus» suministrado por el Laboratorio Central Veterinario de Weybridge, Surrey, Inglaterra.

2. El antígeno se preparará sin referencia a la concentración celular, pero su sensibilidad debe ser contratada en relación con el suero patrón internacional de manera que el antígeno produzca una reacción positiva para una dilución de suero de 1:47,5 y una reacción negativa para una dilución de 1:55.

3. El antígeno tamponado a pH 3,65 ± 0,5y coloreado con rosa bengala.

4. Para preparar el antígeno se utilizará la cepa número 99 Weybridge a la cepa USDA 1119 u otra cepa de sensibilidad equivalente.

5. El antígeno será testado frente a ocho sueros liofilizados identificados como positivos y negativos.

6. La prueba deberá realizarse de la forma siguiente:

a) Poner una gota (0,03 ml) de antígeno y una gota (0,03 ml) de suero sobre una placa blanca.

b) Con la ayuda de un agitador proceder a la mezcla.

c) Agitar a continuación la placa con movimientos alternativos de delante a atrás (alrededor de 10 movimientos por minuto, durante cuatro minutos).

d) Efectuar la lectura bajo luz suficiente; en ausencia de aglutinación la prueba se considerará como negativa; toda aglutinación permite considerar la prueba como positiva a menos que se haya producido un secado excesivo sobre los bordes.

2.º Método automático:

El método automático deber tener al menos igual sensibilidad y precisión que el método manual.

B) Reacción de fijación de complemento

1. El suero patrón contendrá por milímetro 1.000 unidades sensibilizadoras; estas unidades se denominan unidades sensibilizadoras CEE.

2. La tasa de anticuerpos fijadores de complemento en un suero se expresará en unidades CEE.

3. Los sueros deben ser inactivados de 56 a 60 .ºC durante treinta a cincuenta minutos.

4. Para la preparación de antígeno se utilizarán las copas Weybridge número 99 y USDA 1119.

5. Cuando se efectúe la reacción de fijación de complemento, es necesario proceder cada vez a los controles siguientes:

a) Control del efecto anticomplementario del suero.

b) Control del antígeno.

c) Control de los hematíes sensibilizados.

d) Control de complemento.

e) Control con la ayuda de un suero positivo, de la sensibilidad al desencadenamiento de la reacción.

f) Control de la especificidad de la reacción con la ayuda de un suero negativo.

C) Criterios de interpretación

La prueba de fijación del complemento queda reservada para las pruebas efectuadas individualmente a los animales la prueba de fijación del complemento podrá ser utilizada en las explotaciones de animales de las especies ovina o caprina con el fin de concederlas al título de explotación oficialmente indemne o indemne de brucelosis.

Para la prueba de fijación del complemento, se considerará positivo al suero que contenga como mínimo 20 unidades UCE por mililitro.

Redactados los apartados A).1º.3 y C) conforme la corrección de errores publicada en BOE núm. 97, de 23 de abril de 1997. BOE-A-1997-8673

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