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Legislación › Ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997.

Disposición adicional vigésima segunda. Actividades y programas prioritarios de mecenazgo.

Disposición adicional vigésima segunda. Actividades y programas prioritarios de mecenazgo.

Se prorroga para 1997 la disposición adicional vigésima octava de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, tanto respecto a la conservación, reparación y restauración de los bienes singulares declarados Patrimonio de la Humanidad, las Catedrales y los bienes culturales relacionados con el anexo XI de dicha Ley, como respecto a los proyectos de ayuda al desarrollo contemplados en la misma.

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