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Legislación › Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Artículo 174. Modificación de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1997 y la del 25 de julio de 2001. Tachado: lo que se quitó (157 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 174. Modificación de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
Se añade un nuevo apartado al artículo 21 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, con el siguiente tenor:
«2. Para el cumplimiento de las funciones encomendadas en las letras d) y e) del apartado anterior, los Organismos de cuenca podrán:
a) Adquirir por suscripción o compra, enajenar y, en general, realizar cualesquiera actos de administración respecto de títulos representativos de capital de sociedades estatales que se constituyan para la construcción, explotación o ejecución de obra pública hidráulica, o de empresas mercantiles que tengan por objeto social la gestión de contratos de concesión de construcción y explotación de obras hidráulicas, previa autorización del Ministerio de Economía y Hacienda.
b) Suscribir Convenios de Colaboración o participar en Agrupaciones de Empresa y Uniones Temporales de Empresas que tengan como objeto cualquiera de los fines anteriormente indicados.
c) Conceder préstamos y, en general, otorgar crédito a cualquiera de las entidades relacionadas en las letras a) y b).»
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2001 En vigor BOE-A-2001-14276 Leer Qué cambió
1 de enero de 1997 Texto original Leer

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