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Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 31 de diciembre de 1996 · Último cambio el 30 de septiembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 1. Retribuciones en especie.
- Artículo 2. Rendimientos sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2 redacciones · cambió el 10/12/1998
- Artículo 3. Unidad familiar.
- Artículo 4. Reducción del rendimiento neto en estimación objetiva por signos, índices o módulos.
- Artículo 5. Retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 6. Sanción por falta de nombramiento de representante de los no residentes.
- Sección 2
- Artículo 7. Modificación del artículo 4, apartado octavo, de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Sección 3
- Artículo 8. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
- Sección 4
- Artículo 9.
- Sección 5
- Artículo 10. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Sección 6
- Artículo 11. Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
- Sección 7
- Artículo 12. Impuesto sobre las Primas de Seguros. 6 redacciones · cambió el 31/12/2020
- Artículo 13. Modificación de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
- Sección 8
- Artículo 14. Rentas exentas
- Artículo 15.
- Sección 9
- Artículo 16. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 17. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 18. Actividades de exportación.
- Artículo 19. Tipo de gravamen para las entidades de reducida dimensión.
- Artículo 20. Uniones temporales de empresas
- CAPÍTULO II
- Artículo 21. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Modificación de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
- Artículo 22. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 23. Tasas exigibles por los servicios y actividades realizadas por la Dirección General de la Guardia Civil.
- Artículo 24. Tasas por expedición de guías de circulación para máquinas recreativas y de azar de los tipos «A», «B», y «C» en todo el territorio nacional. 3 redacciones · cambió el 20/11/2002
- Artículo 25. Tasas de solicitud de las distintas modalidades de propiedad industrial.
- Artículo 26. Tasas por expedición de permisos de trabajo a ciudadanos extranjeros.
- Artículo 27. Tasas que gravan la prestación de servicios y la realización de actuaciones por la Administración en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera. 3 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Artículo 28. Tasas por controles de sanidad exterior realizados a carnes y productos de origen animal de países no comunitarios. 4 redacciones · cambió el 28/11/2001
- Artículo 29. Tasa por vacunación de viajeros internacionales. 2 redacciones · cambió el 28/11/2001
- Artículo 30. Actualización de las tasas por análisis físico-químicos y biológicos de los Laboratorios Agroalimentarios. Servicios incluidos en la tasa 21.09.
- Artículo 31. Actualización de los tipos de las tasas de semillas y plantas de vivero.
- Artículo 32. Modificación de determinados preceptos de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones.
- Artículo 33. Tasas por Inscripción y de Acreditación Catastral. 7 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 34. Tasas exigibles por los servicios y actividades realizadas en materia de medicamentos.
- Artículo 35. Tasas por inscripción y publicidad de asociaciones. 3 redacciones · cambió el 29/12/2006
- Artículo 36. Tasas por prestación de servicios meteorológicos. 3 redacciones · cambió el 28/11/2001
- Artículo 37. Tasa por expedición de certificaciones del Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Artículo 38. Tasa por examen de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales, para su calificación por grupos de edad. 2 redacciones · cambió el 05/03/2011
- Artículo 39. Modificación de la tasa anual de permanencia en los Registros de Buques y Empresas Navieras.
- Artículo 40. Modificación de tasas consulares.
- Artículo 41. Tasa por expedición del Diploma de Mediador de Seguros Titulado. 2 redacciones · cambió el 10/11/2001
- Artículo 42. Tasa de Seguridad Aeroportuaria. 5 redacciones · cambió el 31/10/2007
- Artículo 43. Derechos de examen.
- Artículo 44. Tasa por Prestación de Servicios y Actividades en materia de Seguridad Privada. 2 redacciones · cambió el 10/11/2001
- Sección 2
- Artículo 45. Boletín Oficial del Estado. 2 redacciones · cambió el 28/11/2001
- Artículo 46. Boletín Oficial del Registro Mercantil. 2 redacciones · cambió el 28/11/2001
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 47. Modificación de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria.
- Sección 2
- Artículo 48. Modificación de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando.
- Sección 3
- Artículo 49. Modificación de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
- Sección 4
- Artículo 50. Constancia documental de la referencia catastral. 3 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 51. Documentos notariales. 2 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 52. Procedimientos administrativos. 2 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 53. Constancia registral de la referencia catastral. 3 redacciones · cambió el 25/06/2015
- Artículo 54. Efectos. 4 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 55. Comunicaciones. 4 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 56. Interesados. 2 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Artículo 57. Aplicación a las Comunidades Autónomas.
- Sección 5
- Artículo 58. Declaraciones, declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Artículo 59. Prestación patrimonial a percibir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la venta de impresos, programas y aplicaciones informáticas.
- Sección 6
- Artículo 60. Incentivos a la inversión.
- Artículo 61. Zona Especial Canaria.
- Artículo 62. Modificación de los artículos 75 y 76 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
- Artículo 63. Modificación del apartado 1 del artículo 76 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 64. Anexo II de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 65. Anexo IV de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de Modificación de los Aspectos Fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Artículo 66. Reducción de la Tarifa Especial del Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías.
- Artículo 67. Modificación de los tipos de gravamen del Arbitrio sobre la Producción e Importación en las Islas Canarias.
- Sección 7
- Artículo 68. Impuesto sobre la producción, los servicios y la importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 69. Instituto Social de la Marina. 2 redacciones · cambió el 31/10/2015
- Artículo 70. Modificación del artículo 92 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, sobre amortizaciones del inmovilizado.
- Artículo 71. Comprobación administrativa de las auditorías presentadas al INEM por las agencias de colocación sin ánimo de lucro.
- Artículo 72. Conciertos. 2 redacciones · cambió el 21/06/2000
- Artículo 73. Control financiero en hospitales y demás centros sanitarios.
- Artículo 74. Control interno y régimen de contabilidad de las entidades que integran la Seguridad Social.
- Artículo 75. Imputación presupuestaria de las deducciones en la facturación de las recetas correspondientes a la prestación farmacéutica. 3 redacciones · cambió el 28/06/2000
- Sección 2
- Artículo 76. Deducción de deudas del sector público con la Seguridad Social. 2 redacciones · cambió el 11/12/2003
- Artículo 77. Adquisición y pérdida de beneficios en la cotización a la Seguridad Social. 4 redacciones · cambió el 31/10/2015
- Artículo 78. Colaboración en materia de incapacidad temporal.
- Artículo 79. Competencia jurisdiccional.
- Artículo 80. Régimen de Seguridad Social de los asegurados que prestan servicio en la Administración de la Unión Europea.
- Artículo 81. Gestión de las prestaciones económicas por maternidad.
- Artículo 82. Modificación del artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994.
- Artículo 83. Imputación de los recargos en las deudas de la Seguridad Social
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 84. Baja en las prestaciones por desempleo.
- Artículo 85. Obligaciones de los trabajadores cuyo incumplimiento origina infracciones.
- Artículo 86. Sanciones por conductas de trabajadores inscritos en agencias de colocación o incluidos en acciones de las entidades asociadas a los Servicios Integrados de Empleo.
- Artículo 87. Beneficiarios del subsidio por desempleo.
- Artículo 88. Extinción del derecho al subsidio por desempleo.
- Sección 2
- Artículo 89. Equiparación de la suspensión del contrato de trabajo por maternidad en los casos de adopción, a los de filiación biológica.
- Artículo 90. Invalidez en su modalidad no contributiva.
- Artículo 91. Asistencia a extranjeros.
- Artículo 92. Asistencia al gran inválido.
- CAPÍTULO III
- Artículo 93. Daños resarcibles.
- Artículo 94. Prestaciones. 6 redacciones · cambió el 24/12/2008
- Artículo 95. Subvenciones.
- Artículo 96. Competencias para el reconocimiento de los resarcimientos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2001
- CAPÍTULO IV
- Artículo 97. Concepto de pensiones públicas.
- Artículo 98.
- Artículo 99.
- Artículo 100.
- Artículo 101.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 102. Modificación del régimen de retribuciones de los funcionarios del Estado en cuanto a pagas extraordinarias.
- Artículo 103. Modificación del régimen de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios públicos.
- Artículo 104. Excedencia voluntaria.
- Artículo 105. Pérdida de la condición de funcionario.
- Artículo 106. Utilización de vivienda. 2 redacciones · cambió el 30/12/2000
- Artículo 107. Prolongación de la permanencia en el servicio activo de los funcionarios públicos.
- Sección 2
- Artículo 108. Personal militar. Excedencia voluntaria para el cuidado de hijos.
- Artículo 109. Niveles de titulación y formación para el ingreso en las Fuerzas Armadas.
- Artículo 110. Competencias en relación con los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
- Artículo 111. Personal militar. Retiro. Consecuencias de la insuficiencia de condiciones psicofísicas.
- Sección 3
- Artículo 112. Modificación del régimen retributivo de los funcionarios de la Administración de Justicia.
- Artículo 113. Modificación del artículo 25 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
- Sección 4
- Artículo 114. Reingreso provisional.
- Artículo 115. Provisión de puestos directivos de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social gestionadas por el INSALUD.
- Artículo 116. Situación administrativa del personal que pasa a prestar servicios en centros, servicios o establecimientos con personalidad jurídica propia.
- Artículo 117. Valor hora aplicable al personal estatutario de la Seguridad Social.
- Artículo 118. Adecuación de las retribuciones del personal de cupo y zona.
- Artículo 119. Especialidad de Auditoría y Contabilidad.
- Sección 5
- Artículo 120. Escala de conductores y de taller del parque Móvil Ministerial y cuerpo de mecánicos conductores del Ministerio de Defensa.
- Artículo 121. Modificación de la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
- Artículo 122. Personal procedente del extinguido Centro Regional para la Enseñanza de la Informática (CREI).
- Artículo 123. Regularización del proceso de integración de los funcionarios públicos procedentes de la Administración Autónoma de Guinea Ecuatorial.
- Artículo 124. Gratificación por servicios extraordinarios.
- Artículo 125. Pensión del Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey.
- Artículo 126. Régimen del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
- Artículo 127. Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles adscritos a la Dirección General de los Registros y del Notariado.
- Artículo 128. Creación de las Escalas de Especialista y Auxiliar Técnico de Organismos autónomos, Especialidad de Sanidad y Consumo, de los Grupos C y D, respectivamente.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 129. Modificaciones del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.
- Artículo 130. Reconocimiento de derechos pasivos causados por quienes han perdido la condición de funcionario.
- Artículo 131. Modificación de los requisitos necesarios para el reconocimiento de las pensiones familiares en los supuestos de adopción.
- Artículo 132. Derechos pasivos en los supuestos de prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo de los funcionarios públicos.
- Sección 2
- Artículo 133. Suministro de información a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas y a MUFACE, ISFAS Y MUGEJU. 3 redacciones · cambió el 28/06/2000
- Artículo 134. Gestión de pensiones de mutilación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 135. Modificación del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
- Artículo 136. Territorialización de subvenciones.
- Artículo 137. Anticipos de Caja Fija.
- Artículo 138. Régimen de control y fiscalización de las Haciendas Locales.
- Artículo 139. Operaciones financieras de las entidades locales.
- Artículo 140. Disponibilidad de los créditos presupuestarios
- Artículo 141. Compensaciones y retenciones con cargo a la participación en los ingresos del Estado.
- Sección 2
- Artículo 142. Modificación de la Ley del Patrimonio del Estado.
- Artículo 143. Modificación de la Ley de Régimen Jurídico de las Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958.
- Artículo 144. Modificación de la Ley Hipotecaria, de 8 de febrero de 1946.
- Artículo 145. Modificación de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
- Artículo 146.
- Seccion Tercera
- Artículo 147. De los contratos de obra bajo la modalidad de abono total del precio. 2 redacciones · cambió el 31/10/2007
- Artículo 148. Nueva redacción del artículo 3, apartado uno, de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. 2 redacciones · cambió el 21/06/2000
- Artículo 149. Modificación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo referido a cancelación de garantías exigidas a proposiciones incursas en presunción de temeridad. 2 redacciones · cambió el 21/06/2000
- CAPÍTULO II
- Artículo 150. Modificación de la Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio Nacional.
- Artículo 151. Modificación del Régimen Jurídico de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.
- Artículo 152. Modificación del Régimen Jurídico de la Agencia Industrial del Estado.
- Artículo 153. Comisión Nacional del Mercado de Valores.
- Artículo 154. Transformación del Organismo Autónomo Comercial «Escuela de Organización Industrial» (EOI), dependiente del Ministerio de Industria y Energía, en fundación.
- Artículo 155. Modificación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.
- Artículo 156. Aprovechamiento del dominio público aeroportuario.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 157. Modificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, sobre construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión.
- Artículo 158. Gestión directa de la construcción y/o explotación de determinadas obras públicas. 4 redacciones · cambió el 09/11/2018
- Artículo 159. Modificación de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
- Artículo 160. Infraestructuras ferroviarias. 2 redacciones · cambió el 18/11/2003
- Artículo 161. Atribución al ente «Gestor de Infraestructuras Ferroviarias» de la administración de infraestructuras. 2 redacciones · cambió el 18/11/2003
- CAPÍTULO II
- Artículo 162. Modificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Artículo 163. Declaración de porte.
- Artículo 164. Régimen de licencias y autorización para el transporte de emigrantes.
- Artículo 165. Subvenciones al transporte aéreo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.
- Artículo 166. 6 redacciones · cambió el 30/09/2025
- Artículo 167. Ampliación del plazo concesional.
- CAPÍTULO III
- Artículo 168. Modificación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
- Artículo 169. Modificación de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 170. Modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones. 2 redacciones · cambió el 25/04/1998
- CAPÍTULO V
- Artículo 171. Modificación de la Ley 82/1980, de 30 de diciembre, sobre Conservación de Energía.
- Artículo 172.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 173. Régimen jurídico del contrato de concesión de construcción y explotación de obras hidráulicas. 2 redacciones · cambió el 24/07/2001
- Artículo 174. Modificación de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. 2 redacciones · cambió el 24/07/2001
- Artículo 175. Delegación de competencias en Confederaciones Hidrográficas.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 176. Modificación de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.
- Artículo 177. Metales preciosos.
- Artículo 178. Cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público. 2 redacciones · cambió el 23/11/2002
- Disposición adicional primera. Organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
- Disposición adicional segunda. Estadísticas de cumplimentación obligatoria.
- Disposición adicional tercera. Compensación de pérdidas fiscales.
- Disposición adicional cuarta. Tasas fiscales.
- Disposición adicional quinta. Operaciones financieras. 2 redacciones · cambió el 31/12/2001
- Disposición adicional sexta. Programa de Fomento del Empleo para 1997. 3 redacciones · cambió el 30/12/1997
- Disposición adicional séptima. Prolongación de la permanencia en la situación de servicio activo de los funcionarios públicos.
- Disposición adicional octava. Acceso a los datos, informes o antecedentes de que dispongan las Administraciones Tributarias.
- Disposición adicional novena. Ley 28/1984, de 31 de julio, de Creación de la Gerencia de Infraestructura de la Defensa. 3 redacciones · cambió el 25/10/2000
- Disposición adicional décima. Regulación de las cotizaciones sociales a sacerdotes y religiosos secularizados de la Iglesia Católica.
- Disposición adicional undécima. Regla de imputación en los supuestos de trans misiones lucrativas y societarias.
- Disposición adicional duodécima. Modificación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- Disposición adicional decimotercera. Pensiones anejas a medallas y cruces. 2 redacciones · cambió el 27/12/2007
- Disposición adicional decimocuarta. Identificación de personas autorizadas.
- Disposición adicional decimoquinta. Régimen jurídico de las federaciones deportivas de Ceuta y Melilla.
- Disposición adicional decimosexta.
- Disposición adicional decimoséptima. Régimen fiscal de las instituciones de inversión colectiva.
- Disposición adicional decimoctava.
- Disposición adicional decimonovena. Incumplimiento de reembolsar a los Agentes de Aduanas el Impuesto sobre el Valor Añadido satisfecho por cuenta de los importadores.
- Disposición adicional vigésima.
- Disposición adicional vigésimaprimera. Impuesto de Bienes Inmuebles: exención de los centros concertados.
- Disposición adicional vigésimasegunda. Modificación de determinados preceptos de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras.
- Disposición adicional vigésimatercera. Rentas forestales.
- Disposición adicional vigésimacuarta. Declaración de interés general de determinadas obras hidráulicas. A los efectos previstos en la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, y demás disposiciones que resulten de aplicación, se declaran de interés general las obras hidráulicas que a continuación se relacionan:
- Disposición transitoria primera. Modificación de la base imponible en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Disposición transitoria segunda. Deducciones anteriores al inicio de la actividad en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Disposición transitoria tercera. Procedimiento de concesión de resarcimientos a víctimas de bandas armadas y elementos terroristas. 2 redacciones · cambió el 31/12/2001
- Disposición transitoria cuarta. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Disposición transitoria quinta. Crédito local.
- Disposición transitoria sexta. Financiación de los entes locales.
- Disposición transitoria séptima. Competencias en materia de defensa.
- Disposición transitoria octava. Referencia catastral. 3 redacciones · cambió el 08/03/2004
- Disposición transitoria novena. Tramitación de ciertos expedientes de jubilación.
- Disposición transitoria décima. Aplicación del artículo 25 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas en Régimen de Concesión.
- Disposición transitoria undécima. Eficacia de las modificaciones relativas a la supresión de la elevación al íntegro.
- Disposición transitoria duodécima.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Reconocimiento de derechos pasivos.
- Disposición final segunda. Venta y permuta de bienes muebles y productos de defensa.
- Disposición final tercera. Prestaciones complementarias del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.
- Disposición final cuarta. Análisis y seguimiento de la evolución de los recursos humanos del sector público estatal. 2 redacciones · cambió el 04/06/2011
- Disposición final quinta. Referencia catastral.
- Disposición final sexta. Modificación de la cuantía de las tasas.
- Disposición final séptima. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final octava. Creación de empleo en signos, índices o módulos.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
- Firma


