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Legislación › Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Disposición final tercera. Prestaciones complementarias del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.

Disposición final tercera. Prestaciones complementarias del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.

Se autoriza al Gobierno para que proceda a la elaboración de un Reglamento de Gestión de las Prestaciones Complementarias a cargo del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social, constituido en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que revise, ordene y adecue el régimen de garantías establecido por la disposición transitoria sexta de la Ley 21/1986, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987, y Real Decreto 126/1988, de 22 de febrero, que la desarrolla.

A partir de la entrada en vigor de dicha norma, el reconocimiento de las prestaciones complementarias del Fondo Especial se efectuará de acuerdo con las condiciones, requisitos y efectos, que se establezcan en el nuevo reglamento.

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