LexTotal

Legislación › Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Artículo 54. Efectos.

Artículo 54. Efectos.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.d) del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. BOE-A-2004-4163

Se convierte a euros la cuantía contemplada en el párrafo primero por el anexo I de la Resolución de 20 de noviembre de 2001. BOE-A-2001-22447

Se añade el último párrafo por el art. 19.1 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30155

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de marzo de 2004 En vigor BOE-A-2004-4163 Leer Qué cambió
20 de diciembre de 2001 BOE-A-2001-22447 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1998-30155 Leer Qué cambió
1 de enero de 1997 Texto original Leer

← Artículo 53 Índice Artículo 55 →