Legislación › Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Artículo 54. Efectos.
Artículo 54. Efectos.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.d) del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. BOE-A-2004-4163
Se convierte a euros la cuantía contemplada en el párrafo primero por el anexo I de la Resolución de 20 de noviembre de 2001. BOE-A-2001-22447
Se añade el último párrafo por el art. 19.1 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30155
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de marzo de 2004 En vigor | BOE-A-2004-4163 | Leer | Qué cambió |
| 20 de diciembre de 2001 | BOE-A-2001-22447 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1998-30155 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | Texto original | Leer |


