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Legislación › Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Disposición transitoria octava. Referencia catastral.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1998 y la del 9 de marzo de 2004. Tachado: lo que se quitó (57 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria octava. Referencia catastral.
(Párrafo primero sin efecto)
Hasta la fecha indicada, la referencia que en la sección cuarta del capítulo IV del título I de esta Ley se hace a los bienes inmuebles, se entenderá realizada exclusivamente a los bienes inmuebles urbanos enumerados en el artículo 62 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de marzo de 2004 En vigor BOE-A-2004-4163 Leer Qué cambió
1 de enero de 1998 BOE-A-1997-28053 Leer Qué cambió
1 de enero de 1997 Texto original Leer

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