Legislación › Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses.
Artículo 91. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de marzo de 1996 y la del 24 de julio de 2005.
Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 91. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, muerte o prescripción de la falta o de la sanción. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2005 En vigor | BOE-A-2005-12703 | Leer | Qué cambió |
| 2 de marzo de 1996 | Texto original | Leer |


