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Legislación › Orden de 29 de febrero de 1996 por la que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación.

Séptimo. Especialidades.

Séptimo. Especialidades.

1. De acuerdo con la estructura, las áreas y los programas en que se organiza el sistema educativo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, se establecen las siguientes especialidades para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia:

Educación Infantil y Primaria.

Educación Especial y Orientación Escolar.

Humanidades y Ciencias Sociales.

Ciencias.

Filología.

Tecnología.

2. Las convocatorias fijarán el número de plazas que se convocan por cada una de las especialidades.

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