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Legislación › Orden de 29 de febrero de 1996 por la que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación.

Sexto. Requisitos para el acceso.

Sexto. Requisitos para el acceso.

Para poder participar en el procedimiento de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación deberán reunirse los siguientes requisitos:

a) Pertenecer a alguno de los Cuerpos que integran la función pública docente.

b) Acreditar una experiencia mínima de diez años como docente en cualquiera de los centros y niveles que integran el sistema educativo, bien sean públicos o privados. Se entenderá por experiencia docente el ejercicio directo de la enseñanza, incluido el desempeño de cargos directivos, y el ejercicio de actividades en servicios directamente ligados a la docencia.

c) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

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