Legislación › Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.
Artículo 15. Definición y objeto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de marzo de 1996 y la del 4 de septiembre de 2005.
Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 15. Definición y objeto.
El Libro de Quejas y Sugerencias tiene por objeto dejar constancia de las quejas, reclamaciones, iniciativas o sugerencias, que los ciudadanos estimen convenientes sobre el funcionamiento de las unidades administrativas. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 4 de septiembre de 2005 En vigor | BOE-A-2005-14836 | Leer | Qué cambió |
| 5 de marzo de 1996 | Texto original | Leer |


