Legislación › Real Decreto 397/1996, de 1 de marzo, por el que se regula el registro de prestaciones sociales públicas.
Artículo 4. Régimen jurídico.
Artículo 4. Régimen jurídico.
El Registro de Prestaciones Sociales Públicas tiene carácter público y se regirá por lo dispuesto en la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal, y normas que lo desarrollan, y en el presente Real Decreto.


