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Real Decreto 397/1996, de 1 de marzo, por el que se regula el registro de prestaciones sociales públicas.
En vigor Ministerio de Trabajo y Seguridad Social · Publicada el 2 de abril de 1996 · Último cambio el 21 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y usos del Registro.
- Artículo 2. Constitución.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación. 5 redacciones · cambió el 21/12/2021
- Artículo 4. Régimen jurídico.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Estructura básica del Registro.
- Artículo 6. Datos de identificación.
- Artículo 7. Actualización de los datos de identificación.
- Artículo 8. Entidades, organismos y empresas obligadas a suministrar los datos de identificación.
- Artículo 9. Catálogo de organismos, entidades y empresas obligadas a facilitar los datos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Suministro de los datos de identificación.
- Artículo 11. Cesión de datos entre Administraciones públicas, entidades y empresas obligadas a suministrar los mismos al Registro de Prestaciones Sociales Públicas.
- Artículo 12. Transferencia internacional de datos.
- Artículo 13. Ejercicio de derechos por el afectado.
- Artículo 14. Derecho de acceso.
- Artículo 15. Denegación del acceso.
- Artículo 16. Derecho de rectificación o cancelación.
- Disposición adicional primera. Dotación de medios al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Disposición adicional segunda. Valoración de incapacidades permanentes y lesiones en orden al reconocimiento del derecho a prestaciones en el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
- Disposición adicional tercera. Modificación del Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de Seguridad Social.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


