Legislación › Real Decreto 397/1996, de 1 de marzo, por el que se regula el registro de prestaciones sociales públicas.
Artículo 7. Actualización de los datos de identificación.
Artículo 7. Actualización de los datos de identificación.
Los datos identificativos de la prestación que haya sido objeto de inscripción se actualizarán en la forma y plazos que se establezcan en la Resolución a la que se hace referencia en el artículo 5 de este Real Decreto.


