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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.

Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.

Se autoriza al Gobierno a dictar las normas para el desarrollo reglamentario de la presente Ley.

Se añade por el art. único.14 de la Ley 2/2019, de 1 de marzo. BOE-A-2019-2974

Su anterior denominación era disposición final segunda, anteriormente única.

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