Legislación › Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 16 de mayo de 1991.
Artículo 37.
Artículo 37.
Las Autoridades Competentes de ambas Partes resolverán de común acuerdo las divergencias o controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación de este Convenio.


