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Legislación › Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 16 de mayo de 1991.

Artículo 37.

Artículo 37.

Las Autoridades Competentes de ambas Partes resolverán de común acuerdo las divergencias o controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación de este Convenio.

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