Legislación › Real Decreto 663/1997, de 12 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas.
Artículo 8. Régimen jurídico.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de mayo de 1997 y la del 30 de agosto de 2024.
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Artículo 8. Régimen jurídico.
En lo no previsto en el presente Real Decreto, real decreto, la Autoridad Nacional ajustará su funcionamiento a lo establecido para los órganos colegiados en el la sección 3.ª, capítulo II II, del título II preliminar de la Ley 30/1992, 40/2015, de 26 1 de noviembre, octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sector Público.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de agosto de 2024 En vigor | BOE-A-2024-17485 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 1997 | Texto original | Leer |


