Legislación › Real Decreto 663/1997, de 12 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas.
Disposición final segunda. Financiación.
Disposición final segunda. Financiación.
Los gastos derivados del presente real decreto serán financiados por el Ministerio de Industria y Turismo con cargo a su presupuesto ordinario, y no supondrán aumento de gasto público.
Se modifica por el art. único.9 del Real Decreto 611/2024, de 2 de julio. BOE-A-2024-17485
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de agosto de 2024 En vigor | BOE-A-2024-17485 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 1997 | Texto original | Leer |
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


