Legislación › Real Decreto 663/1997, de 12 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de mayo de 1997 y la del 30 de agosto de 2024.
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Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
Se autoriza a los Ministros las personas titulares del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, del Ministerio de Defensa Defensa, y del Ministerio de Industria y Energía, dentro de sus respectivas competencias, Turismo para que adopten las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto. de este real decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de agosto de 2024 En vigor | BOE-A-2024-17485 | Leer | Qué cambió |
| 14 de mayo de 1997 | Texto original | Leer |
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