Legislación › Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social.
Artículo 6. Ámbito de aplicación.
Artículo 6. Ámbito de aplicación.
1. Los actos, documentos y expedientes de contenido económico a que se refiere el artículo 2.2 de este Reglamento, realizados por las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social están sujetos a la función interventora en los términos establecidos en este título.
2. Cuando en los procedimientos de gestión que den lugar a actos, documentos y expedientes de contenido económico objeto de control participen distintas Administraciones públicas, la función interventora se limitará a las actuaciones que se produzcan en el ámbito de las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.


