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Legislación › Ley Foral 19/1996, de 4 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Las personas que de conformidad con lo señalado en el artículo 2 de esta Ley Foral, ocupen en la actualidad un alto cargo, deberán presentar sus declaraciones de actividades y de bienes y derechos, en los términos establecidos en los artículos 11 y 12, en el plazo de dos meses desde la fecha de entrada en vigor del Decreto Foral que reglamente el funcionamiento del Registro de actividades e intereses de altos cargos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

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