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Legislación › Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Artículo 1 bis. Potestades administrativas.

Artículo 1 bis. Potestades administrativas.

Al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales O.A., dentro de la esfera de sus competencias, le corresponde el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos establecidos en el presente Estatuto y de acuerdo con la legislación aplicable, salvo la potestad expropiatoria.

Se añade por el art. 2.4 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. BOE-A-2026-12711

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