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Legislación › Real Decreto 1134/1997, de 11 de julio, por el que se regula el procedimiento de reintegro de percepciones indebidas y otras normas en materia de clases pasivas.

Artículo 5. Procedimiento de recaudación de la deuda en vía ejecutiva.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 1997 y la del 1 de enero de 2015. Tachado: lo que se quitó (159 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 5. Procedimiento de recaudación de la deuda. deuda en vía ejecutiva.
1. Transcurrido el plazo de un mes a que se refiere el párrafo d) del apartado 2 del artículo 4 4.2.d) precedente, sin que el responsable del pago hubiera realizado el reintegro voluntario, el órgano que dictó la resolución comunicará dicha circunstancia a la unidad administrativa correspondiente de la Delegación de Economía y Hacienda para que inicie la recaudación ingreso en período voluntario, debiendo señalar dichas cantidades serán recaudadas en dicha comunicación los siguientes datos:
a) Nombre, apellidos, número de identificación fiscal del sujeto responsable y domicilio de éste.
b) Origen de la cantidad percibida indebidamente y que da lugar al reintegro,
período al que corresponde dicha cuantía e importe líquido total de la deuda.
c) Concepto del presupuesto de ingresos al que debe aplicarse el reintegro.
d) Fecha de la notificación al interesado de
ejecutivo por la resolución administrativa de referencia.
2. Las Delegaciones
Agencia Estatal de Economía y Hacienda informarán a los órganos que dictaron la resolución inicial Administración Tributaria, de reintegro, dentro acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 del primer mes Reglamento General de cada año natural, sobre la situación en que se encuentren los expedientes pendientes, así como la fecha y cuantía Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de los ingresos 29 de aquellos que hayan sido pagados total y parcialmente durante el año anterior. julio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2014-13672 Leer Qué cambió
31 de julio de 1997 Texto original Leer

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