Legislación › Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera.
En los municipios en los que existan Policías Locales ocupando plaza con carácter de interinidad, se convocará, en un período no superior a un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, concurso-oposición para proveer dichas plazas como funcionarios de carrera.
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