Legislación › Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Artículo 60. De la regulación de los precios públicos.
Artículo 60. De la regulación de los precios públicos.
Los Servicios Sociales Generales serán siempre gratuitos. El Gobierno Valenciano podrá regular, mediante Decreto, las aportaciones de los usuarios y las usuarias destinadas a financiar los Servicios Sociales Especializados recibidos, mediante la fijación de los correspondientes importes de los precios públicos.


