Legislación › Ley 5/1997, de 8 de julio, por la que se regula la publicidad dinámica en las Islas Baleares.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
Se autoriza al Gobierno a dictar las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley y, en particular, a actualizar por Decreto la cuantía de las sanciones fijadas en el artículo 28.


