Legislación › Ley 6/1997, de 8 de julio, del Suelo Rústico de las Islas Baleares.
Artículo 36. Autorización de actividades relacionadas con el uso de vivienda unifamiliar.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de julio de 1997 y la del 19 de febrero de 2012.
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Artículo 36. Autorización de actividades relacionadas con el uso de vivienda unifamillar.
1. El procedimiento para la concesión de licencias municipales relativas a actividades relacionadas con el uso de vivienda unifamiliar se iniciará por el interesado ante el Ayuntamiento, que la tramitará de acuerdo con lo señalado en la normativa general reguladora de los usos, obras y actividades.
2. Cuando las actividades supongan la construcción de una nueva vivienda, una vez completo el expediente se remitirá a la comisión insular de urbanismo respectiva para la emisión de informe previo y vinculante sobre el cumplimiento de los requisitos de parcela mínima exigidos en el artículo 25 de esta Ley y de aprovechamiento máximo, señalado en el artículo 28.1 de la misma.
3. La comisión insular Comisión Insular de urbanismo Urbanismo o el órgano del correspondiente consejo insular que tenga atribuida la competencia, someterá el expediente al trámite de información pública durante el plazo de quince días, mediante anuncio que se publicará en el «Boletín Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares» Illes Balears y en el tablón su correspondiente dirección o punto de anuncios del Ayuntamiento correspondiente, a fin acceso electrónico, con la finalidad de que se alegue lo pertinente sobre los extremos señalados en el punto anterior y, a la vista del resultado, evacuará emitirá el correspondiente informe y lo notificará a la corporación municipal.
4. El trámite de informe previo y vinculante deberá sustanciarse en el plazo de tres meses desde la iniciación y, una vez notificado, la corporación municipal tendrá, para resolver, el plazo señalado por la normativa general reguladora de los usos, obras y actividades.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-720 | Leer | Qué cambió |
| 29 de mayo de 2023 | BOE-A-2023-2978 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 2012 | BOE-A-2012-9374 | Leer | Qué cambió |
| 19 de febrero de 2012 | BOE-A-2012-90025 | Leer | Qué cambió |
| 16 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


