Legislación › Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Artículo 35. Información de la actividad estadística anual.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de julio de 1997 y la del 14 de marzo de 2025.
Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 35. Memoria Información de la actividad estadística. estadística anual.
Cada Con el fin de realizar los informes de evaluación anuales, cada Departamento elaborará anualmente una memoria que enviará al Instituto deberá facilitar a Nastat la información necesaria de Estadística las operaciones estadísticas de Navarra detallando su actividad estadística. responsabilidad, de acuerdo con el modelo de documentación vigente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de marzo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-5610 | Leer | Qué cambió |
| 31 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


