Legislación › Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
Artículo 36. Naturaleza y composición.
Artículo 36. Naturaleza y composición.
1. El Consejo de Estadística de Navarra es el órgano consultivo y de participación del Sistema Estadístico de Navarra. Sus objetivos son facilitar la relación de las unidades estadísticas entre sí y de éstas con informantes y con quienes utilizan la información estadística.
2. Su composición, organización y funcionamiento serán determinados reglamentariamente.
Se modifica por la disposicion final 1.11 de la Ley Foral 5/2021, de 10 de mayo. BOE-A-2021-9237
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de mayo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-9237 | Leer | Qué cambió |
| 31 de julio de 1997 | Texto original | Leer |


