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Legislación › Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.

Artículo 36. Naturaleza y composición.

Artículo 36. Naturaleza y composición.

1. El Consejo de Estadística de Navarra es el órgano consultivo y de participación del Sistema Estadístico de Navarra. Sus objetivos son facilitar la relación de las unidades estadísticas entre sí y de éstas con informantes y con quienes utilizan la información estadística.

2. Su composición, organización y funcionamiento serán determinados reglamentariamente.

Se modifica por la disposicion final 1.11 de la Ley Foral 5/2021, de 10 de mayo. BOE-A-2021-9237

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de mayo de 2021 En vigor BOE-A-2021-9237 Leer Qué cambió
31 de julio de 1997 Texto original Leer

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