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Legislación › Ley 2/1997, de 16 de julio, del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

No serán de aplicación al Consejo Social, por carecer de competencias de negociación colectiva, las peculiaridades previstas en los artículos 22.2, 23.1.d), 24.3 y 26.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para los órganos participados por organizaciones representativas de intereses sociales.

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