Legislación › Ley 2/1997, de 16 de julio, del Consejo Social de la Universidad de Oviedo.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
En el plazo de tres meses, a contar desde la entrada en vigor de la presente Ley y conforme a lo dispuesto en la misma, deberá constituirse el Consejo Social de la Universidad de Oviedo.
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