Legislación › Real Decreto 1428/1997, de 15 de septiembre, por el que se regula la pesca con artes menores en el caladero del Golfo de Cádiz.
ANEXO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de octubre de 1997 y la del 29 de marzo de 2006.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras).
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ANEXO II
Características técnicas de los aparejos de anzuelo
1. Palangrillos:
Longitud máxima: 2.000 4.000 metros.
Número máximo de anzuelos: 1.000. 2.000.
2. Tamaño mínimo de los anzuelos:
Los tamaños de los anzuelos, tanto en longitud como en seno, no podrán ser inferiores a las dimensiones que a continuación se señalan, según las especies a las que se dirijan:
Tipo y especies ·
Longitud
–
cm
·
Seno
–
cm
·
a) Congrio grande, cherna, mero, corvina, cazón. cazón ·
6,00 ± 0,50 ·
2,30 ± 0,50 ·
b) Merluza, congrio, mero, palometa, besugo, tomás, caballa. caballa ·
3,85 ± 1,15 ·
1,60 ± 0,40 ·
c) Brótola, dorada, pargo, sargo, urta, lubina, pez ballesta. · Resto de
2,70 ± 0,07 ·
1,05 ± 0,15 ·
d) Salmonete y pecesroca, maragota, faneca, cabra, serrano. las especies ·
2,05 3,35 ± 0,05 ·
0,80 1,60 ± 0,10 0,40 ·
Nota: el tamaño de los anzuelos se determinará por su longitud y por su seno. Se entiende por longitud la distancia comprendida entre el extremo superior de la patilla y la tangente horizontal a la base del anzuelo. Se entiende por seno la abertura horizontal comprendida entre el extremo superior de la agalla y la caña.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de marzo de 2006 En vigor | BOE-A-2006-5514 | Leer | Qué cambió |
| 2 de octubre de 1997 | Texto original | Leer |


