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Legislación › Ley 2/1997, de 19 de mayo, del Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

Artículo 3. Órganos.

Artículo 3. Órganos.

Son órganos integrantes del Consejo Jurídico:

a) El Presidente.

b) Los Consejeros.

c) El Letrado-Secretario general.

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