Legislación › Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Artículo 7. Órganos.
Artículo 7. Órganos.
La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja cuenta con los siguientes órganos:
a) El Consejo Asesor.
b) El Consejo de Administración.
c) El Presidente.
d) El Vicepresidente.
e) El Gerente.
Se modifica por el art. 25.4 de la Ley 10/2003, de 19 de diciembre. BOE-A-2004-3068
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2004 En vigor | BOE-A-2004-3068 | Leer | Qué cambió |
| 10 de octubre de 1997 | Texto original | Leer |


