Legislación › Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de Integración de Servicios Periféricos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno.
Disposición transitoria primera. Adscripción provisional.
Disposición transitoria primera. Adscripción provisional.
La adscripción provisional que debe realizar el Subsecretario de Administraciones Públicas de acuerdo con el apartado 6 de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, se realizará teniendo en cuenta también las dependencias y oficinas reguladas en la presente Orden.


